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Suspensión de USCIS sobre solicitudes de inmigración y revisión de solicitudes de beneficios de inmigración para nacionales de otros países de alto riesgo.

  • Writer: rottierlawoffice
    rottierlawoffice
  • Feb 6
  • 3 min read

El 1 de enero de 2026, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) emitió un memorando de política titulado "Suspensión y revisión de solicitudes de beneficios de USCIS presentadas por inmigrantes de otros países de alto riesgo". La suspensión de USCIS sobre solicitudes de inmigración amplía la pausa en las adjudicaciones, previamente vinculada a la Proclamación Presidencial 10998, emitida el 16 de diciembre de 2025, que restringe y limita la entrada de ciertos extranjeros por motivos de seguridad nacional.

Bajo esta nueva guía, USCIS ha ampliado la pausa en la adjudicación de solicitudes de beneficios de inmigración más allá de los 19 países con prohibición de viaje original y ha iniciado una revisión exhaustiva de los casos pendientes y aprobados recientemente.


Qué hace el memorando del USCIS


Con vigencia inmediata, los funcionarios del USCIS tienen instrucciones de:

·      Suspender todas las solicitudes de beneficios migratorios pendientes presentadas por nacionales de los países enumerados en la Proclamación Presidencial 10998, independientemente de la fecha de entrada del solicitante, sujeto a excepciones limitadas;

·      Realizar una revisión exhaustiva de las políticas, procedimientos y procesos de selección y verificación del USCIS para las solicitudes de beneficios presentadas por nacionales de los países enumerados; y

·      Volver a revisar las solicitudes de beneficios previamente aprobadas para nacionales de estos países que fueron aprobadas a partir del 20 de enero de 2021.

Esto significa que incluso los solicitantes que ya han recibido aprobaciones podrían enfrentar un nuevo escrutinio bajo la nueva directiva.


Países sujetos a retención judicial y revisión exhaustiva


Los nacionales de los siguientes países están sujetos a retención judicial y revisión exhaustiva:

Afganistán, Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burkina Faso, Birmania, Burundi, Chad, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Gabón, Gambia, Haití, Irán, Laos, Libia, Malawi, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, Senegal, Sierra Leona,

Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Togo, Tonga, Turkmenistán, Venezuela, Yemen, Zambia y Zimbabue.

Además, las personas titulares de documentos de viaje emitidos o avalados por la Autoridad Palestina también están sujetas a retención judicial y revisión exhaustiva.

Excepciones a la Suspensión Adjudicativa

El USCIS ha identificado categorías limitadas de solicitudes de beneficios que están exentas de la suspensión adjudicativa, incluyendo:

·      Solicitudes pendientes de Formularios I-90, Formularios N-565 y Formularios N-600;Solicitudes de beneficios priorizadas para fines policiales cuando ICE ha solicitado la acción de USCIS para apoyar la seguridad pública o nacional;

·      Solicitudes del Formulario I-765 en las categorías (c)(11) y (c)(14) solo cuando se presentan a petición de las fuerzas del orden debido a la asistencia del solicitante;

·      Solicitudes iniciales del Formulario I-765 en la categoría (c)(8);

·      Solicitudes de beneficios donde la entrada del solicitante serviría a un interés nacional de EE. UU.; y

·      Solicitudes de beneficios para atletas, miembros de equipos deportivos, entrenadores, personal de apoyo esencial y familiares directos que viajan para participar en la Copa Mundial, los Juegos Olímpicos u otros eventos deportivos internacionales importantes, según lo determine el Secretario de Estado.

Todas las demás solicitudes de beneficios permanecen sujetas a la retención a menos que se aplique claramente una excepción.


Suspensión de solicitudes de inmigración por parte del USCIS: qué significa esto para los solicitantes


Esta política genera una gran incertidumbre para las personas y familias afectadas. Los casos pendientes podrían permanecer suspendidos indefinidamente, y las solicitudes previamente aprobadas podrían reabrirse para una revisión adicional. Por el momento, el USCIS no ha proporcionado un plazo para la finalización de estas revisiones ni para la reanudación de las adjudicaciones normales.

Dada la complejidad y la naturaleza cambiante de esta política, los solicitantes no deben asumir que su caso se tramitará con normalidad, incluso si ya han recibido una notificación de aprobación.


Cómo puede ayudar nuestra oficina

Nuestra oficina monitorea de cerca la implementación de esta directiva por parte del USCIS y asesora a nuestros clientes sobre:

·      Si una excepción aplica a su caso

·      Riesgos asociados con beneficios pendientes o recientemente aprobados

·      Opciones estratégicas mientras los casos están en espera

·      Exenciones por interés nacional y relacionadas con la aplicación de la ley

Si usted o un familiar puede verse afectado por esta pausa en las adjudicaciones del USCIS, le recomendamos que se comunique con nuestra oficina para un análisis legal individualizado y determinar la mejor manera de proceder bajo estas nuevas restricciones.


DESPACHO
DE
JOHN ROTTIER

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